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GAFI: INFORME SOBRE RIESGOS LA/FT EN EL TRÁFICO DE INMIGRANTES Y LA TRATA DE PERSONAS.

El Grupo de Acción Financiera (GAFI), publicó su informe sobre riesgos en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (LA/FT) en el tráfico de migrantes y la trata de personas.

Como señala el reporte, el delito de tráfico de migrantes no suele asociarse a riesgos LA/FT, por lo que este trabajo realizado por el GAFI busca poner en conocimiento de la relación entre la comisión de estos delitos transnacionales a las distintas autoridades e instituciones, así como demás entidades del mundo público y privado, con el fin de revisar y adoptar medidas tendientes a identificar, prevenir y combatir los riesgos LA/FT asociados al tráfico de migrantes.

Su objetivo es actualizar la forma en que entendemos los riesgos del Lavado de Activos (LA) y Financiamiento del Terrorismo (FT) asociados con el tráfico de migrantes, para ayudar a los países a mitigarlos, detenerlos y recuperar dichas ganancias, entendiendo estas como un motor importante de este crimen. Para ello, el informe se enfoca en una serie de parámetros relevantes asociados con riesgos LA/FT, particularmente aquellos relacionados con las rutas geográficas, las estructura y redes de las organizaciones de tráfico de migrantes, y en una menor medida, el impacto del COVID-19, considerando también considera las medidas mitigadoras vigentes.

Respecto a la trata de personas en nuestra legislación, el 12 de febrero de 2022, se publicó mediante el Decreto 296, uno de los Reglamentos de la Ley Nº21.325 de Migración y Extranjería, el cual, en virtud de lo exigido en los artículos transitorios de dicha Ley, materializa la entrada en vigencia del Reglamento.

La ahora vigente normativa en materia de Migración y Extranjería, en su artículo 175 N°2) modifica a la Ley 20.393 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, incorporando un catálogo de delitos que atribuye responsabilidad a las Empresas por el delito de trata de personas y tráfico de migrantes, conducta tipificada en el artículo 411 quáter del Código Penal.

Si bien, por aplicación del principio “nulla poena sine lege”, esta inclusión no produciría efectos mientras el legislador no establezca sanciones específicas para el delito en comento, de todas formas, se recomienda a las Empresas actualizar su normativa interna para incorporar este delito en sus modelos de prevención y programas de cumplimiento.

Además, esta nueva Ley incorpora nuevas categorías migratorias para solicitar visas, las cuales ahora solo podrán ser solicitadas desde el extranjero ante el Consulado de Chile correspondiente al país de residencia del extranjero, salvo ciertas excepciones por razones humanitarias o por reunificación familiar.

style="text-align: justify;" Para mayor información, contactar a Rebeca Zamora (rzamora@hdycia.cl) o Carlos Frías (cfrias@hdycia.cl).

Referencia: https://www.hdycia.cl/compliance/gafi-informe-sobre-riesgos-la-ft-en-el-trafico-de-inmigrantes-y-la-trata-de-personas/